Cómo Vender (Ceder) una Unidad en Preventa en República Dominicana Antes de la Entrega
Guía práctica para ceder (hacer flip) tu contrato de preventa en RD antes de la entrega: consentimiento del desarrollador, documentos, impuestos y errores comunes.

Este artículo es información general, no asesoría legal, fiscal ni migratoria. Las reglas y cifras cambian — verifique con una fuente oficial o un profesional autorizado antes de actuar.
Comprar en preventa en República Dominicana puede parecer una jugada inteligente: fijas el precio desde el principio, pagas en cuotas y observas cómo sube el valor a medida que avanza la construcción. Pero ¿qué pasa si quieres —o necesitas— salir antes de que el desarrollador haga entrega de llaves? Ceder tu contrato de preventa —conocido comúnmente como "flip"— es legal y frecuente en RD, pero está regido por la letra pequeña de tu contrato de compra, las políticas del desarrollador y el derecho civil y tributario dominicano. Hazlo bien y cierras sin problemas. Hazlo mal y puedes perder tu depósito, generar impuestos inesperados o terminar en una disputa que no puedes ganar desde el extranjero.
Esta guía te explica cómo funciona realmente el proceso de cesión, qué documentos necesitarás, quién paga qué y las trampas en las que caen con más frecuencia los vendedores extranjeros.
Qué Significa Realmente "Ceder" una Unidad en Preventa
Cuando compras en preventa, por lo general firmas un Contrato de Promesa de Venta o un Contrato de Reserva seguido de una Promesa de Venta. Aún no eres propietario de un inmueble con título — eres titular de derechos contractuales para recibir una unidad específica una vez que esté construida, entregada y el Certificado de Título sea emitido a tu nombre.
Para vender antes de la entrega, tienes tres caminos prácticos:
Cesión de Derechos — Transfieres tus derechos y obligaciones contractuales a un nuevo comprador. El desarrollador debe dar su consentimiento y se firma un nuevo contrato (o un addendum) con el comprador entrante.
Cierre simultáneo en la entrega — Esperas hasta que la unidad esté lista para entregar, recibes el título a tu nombre y revendes de inmediato. Esto activa un ciclo completo del impuesto de transferencia del 3% y, por lo general, genera mayor fricción.
Cierre consecutivo en la entrega — El título pasa a ti y a tu comprador en el mismo acto. Es más limpio legalmente de lo que suena, pero solo algunos desarrolladores y notarios lo coordinan.
Para la mayoría de los vendedores que hacen flip antes de la finalización de la obra, la Cesión de Derechos es el camino más limpio.
Paso 1: Lee Tu Contrato Antes de Hacer Cualquier Cosa
Cada desarrollador gestiona las cesiones de manera diferente. Revisa tu Promesa de Venta y verifica:
- Cláusula de cesión — ¿Permite, restringe o prohíbe expresamente la cesión? Algunos contratos prohíben la reventa hasta alcanzar cierto hito constructivo (por ejemplo, 50% pagado o techo terminado).
- Consentimiento del desarrollador — Casi todos los contratos requieren la aprobación por escrito del desarrollador sobre el nuevo comprador.
- Tarifa de cesión — Los desarrolladores suelen cobrar una tarifa para procesar la cesión. Varía considerablemente según el proyecto; solicita al departamento legal del desarrollador el monto vigente por escrito.
- Restricciones de precio — Algunos desarrolladores limitan el precio de reventa (generalmente para que no compitas por debajo de su propio inventario).
- Estado de pagos — Por lo general, deberás estar al día en tus cuotas antes de que el desarrollador apruebe la transferencia.
Si tu contrato no dice nada al respecto, el derecho civil dominicano generalmente permite la cesión con el consentimiento de la contraparte. Pero "generalmente" no significa "siempre" — haz que un abogado dominicano independiente y licenciado (no el abogado del desarrollador, no la referencia de tu agente) revise las cláusulas específicas.
Paso 2: Fija un Precio Realista
Las reventas en preventa compiten con el inventario restante del propio desarrollador y con otros cedentes. Para fijar un buen precio:
- Verifica cuánto está pidiendo actualmente el desarrollador por unidades similares sin terminar en el mismo proyecto.
- Ten en cuenta los incentivos que el desarrollador ofrece a nuevos compradores (planes de pago extendidos, paquetes de muebles, créditos de cierre) que tú no puedes igualar.
- Entiende que tu comprador está asumiendo el riesgo constructivo que tú ya has absorbido parcialmente. Eso vale algo — aunque no siempre tanto como quisieras.
Si el proyecto tiene certificación CONFOTUR (Ley 158-01), la exención del impuesto de transferencia generalmente aplica al primer comprador con título. Un comprador de reventa que adquiere tus derechos contractuales antes de que se emita el título puede calificar en algunas estructuras, pero no de forma automática — confírmalo proyecto por proyecto con el desarrollador y tu abogado.
Paso 3: Encuentra un Comprador
Tienes tres canales principales:
- El equipo de ventas del propio desarrollador — Algunos proyectos revenderán tu unidad por ti (a cambio de una comisión) junto a su inventario. Es cómodo, pero por lo general priorizarán sus propias unidades.
- Corredores independientes — Las comisiones en RD suelen oscilar entre el 5% y el 8%, más el 18% de ITBIS sobre la comisión. Negocia por escrito y confirma quién paga.
- Listados directos — Portales, redes sociales, redes de expatriados. Más económico, pero más lento y con mayor exposición a consultas no calificadas.
Cualquiera que sea el canal que uses, asegúrate de que cualquier acuerdo de listado sea no exclusivo a menos que el corredor se gane la exclusividad, y que la comisión se active solo al cierre de la cesión, no al presentar una introducción.
Paso 4: Documentos que Necesitarás
Para que la cesión se cierre, deberás presentar:
- Tu Promesa de Venta original y cualquier addendum
- Comprobantes de todos los pagos realizados al desarrollador (recibos, confirmaciones de transferencia)
- Un estado de cuenta actualizado del desarrollador que muestre tu saldo
- Tu pasaporte (y cédula si la tienes)
- Si compraste a través de una SRL dominicana: los documentos constitutivos de la empresa, RNC y autorizaciones de los accionistas
- Documentación de origen de fondos del comprador entrante (exigida por los desarrolladores bajo las normas antilavado de dinero de RD, Ley 155-17)
El nuevo comprador firmará un Contrato de Cesión de Derechos o una nueva Promesa de Venta directamente con el desarrollador, con tu contrato original formalmente rescindido.
Paso 5: Quién Paga Qué
Distribución aproximada (confírmala siempre por escrito):
- Vendedor (tú): comisión del corredor (si aplica), honorarios de tu propio abogado, cualquier impuesto sobre las ganancias de capital adeudado sobre tu utilidad y — según el desarrollador — parte o la totalidad de la tarifa de procesamiento de la cesión.
- Comprador: tarifa de cesión del desarrollador (frecuentemente), honorarios de su propio abogado y, eventualmente, el impuesto de transferencia del 3% (ITI) cuando se emita el título. El ITI lo paga el comprador a la DGII, calculado sobre el mayor valor entre el precio del contrato y el avalúo de la DGII.
- Honorarios notariales: generalmente se dividen o los asume el comprador, según la costumbre local y el contrato.
Paso 6: Impuestos sobre Tu Ganancia
Aquí es donde los vendedores reciben información incorrecta con más frecuencia. Puntos clave:
- Las ganancias de capital sobre bienes raíces dominicanos para personas físicas no tienen una tasa fija del 27%. Se gravan como ingresos ordinarios en una escala progresiva (aproximadamente 0–25% para personas físicas) sobre la ganancia ajustada por inflación. La tasa del 27% es la tasa corporativa y aplica si compraste a través de una SRL o empresa extranjera.
- La ganancia gravable se calcula tras ajustar tu costo de adquisición por inflación usando los índices oficiales de la DGII y deduciendo los costos documentados y permitidos.
- Si nunca recibiste el título (cesión pura antes de la entrega), la caracterización tributaria puede diferir — la DGII puede tratar la utilidad como ingreso ordinario por la venta de un derecho. Pide a un contador dominicano (CPA dominicano) que modele tu caso específico.
- Tu país de origen probablemente también gravará la ganancia (ciudadanos estadounidenses: ingresos mundiales; canadienses: ingresos mundiales con créditos fiscales extranjeros; la UE varía). Coordina con un asesor fiscal transfronterizo.
La legislación tributaria y las interpretaciones de la DGII cambian. Verifica el tratamiento vigente con la DGII o un contador dominicano licenciado antes de comprometerte con un precio.
Errores Comunes
- Saltarse el consentimiento del desarrollador. Un "acuerdo paralelo" con un comprador en el que prometes transferir después no es oponible al desarrollador y te expone a incumplimiento.
- Vender una unidad con pagos atrasados. Los desarrolladores no aprobarán la cesión si tienes cuotas en mora — ponte al día primero.
- Asumir que las exenciones CONFOTUR se transfieren automáticamente. Con frecuencia no aplican al comprador de reventa. Prometer esto en exceso puede hundir el negocio en el cierre.
- Usar al abogado del desarrollador o del comprador. Contrata siempre a tu propio abogado dominicano independiente.
- Ignorar el cumplimiento de divisas y transferencias. Ambas partes necesitan documentación limpia de origen de fondos; las transferencias descuidadas quedan bloqueadas.
- No presupuestar la tarifa de cesión. Averigua el monto por escrito con el desarrollador antes de publicar el listado.
Preguntas Frecuentes
¿Puedo ceder si el proyecto está retrasado? Sí, pero los retrasos reducen el interés de los compradores. Lee las cláusulas de retraso y fuerza mayor de tu contrato; tus recursos contra el desarrollador también pueden ser cedibles.
¿Necesito estar en el país para cerrar? No. Un Poder Especial, debidamente notariado y apostillado en el extranjero, permite que tu abogado dominicano firme en tu nombre.
¿Qué pasa si el comprador quiere renegociar directamente con el desarrollador? Es común. El desarrollador puede preferir rescindir tu contrato y emitir uno nuevo. Asegúrate de que tu ganancia te sea pagada al momento de la firma, no condicionada a eventos futuros.
¿Cuánto tiempo tarda una cesión? Típicamente entre 4 y 8 semanas desde la oferta firmada hasta el cierre con fondos, dependiendo de la capacidad de respuesta del desarrollador y la debida diligencia del comprador.
Las leyes dominicanas, las tasas impositivas y los umbrales de la DGII cambian, y el contrato de cada proyecto es diferente. Antes de firmar cualquier documento, confirma los detalles con un abogado dominicano independiente y licenciado, un contador para la parte fiscal y la autoridad correspondiente (DGII para impuestos, Jurisdicción Inmobiliaria para asuntos de título).
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